El Parlamento de Andalucía aprobó ayer por unanimidad de todos los grupos -PSOE, PP e IU- el Proyecto de Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte. Los populares, sirviéndose del reglamento de la Cámara, votaron en contra de 3 de los 33 artículos. Dos de ellos relacionados con la imposibilidad de que los profesionales médicos se acojan al derecho a la objeción de conciencia, y otro sobre la negativa a que se incluyera en el texto la composición de los Comités de Ética Asistencial, el organismo que tomará la decisión última en caso de discrepancias entre los profesionales sanitarios y los pacientes.
Cuidados paliativos
La norma andaluza no regula ni la eutanasia ni el suicidio asistido, algo para lo que no tiene competencia y que está calificado como delito en el Código Penal. Se centra fundamentalmente en la regulación de los cuidados paliativos y va más allá de la actual Ley de Autonomía del Paciente. La gestación de esta ley ha tenido dos impulsos destacados. Por un lado, el caso de la granadina Inmaculada Echeverría, que desde los once años vivía conectada a un respirador como consecuencia de una distrofia muscular progresiva. El 14 de marzo de 2007, y tras casi diez años ingresada en el Hospital San Rafael, fue trasladada y desconectada en el Hospital San Juan de Dios, amparándose en la limitación del esfuerzo terapéutico.
En segundo lugar, el Estatuto de Autonomía, aprobado en 2007, recoge en su artículo 20 el compromiso de legislar en esta materia.
El texto hará prevalecer los derechos del paciente que exprese su deseo de limitar las medidas de soporte vital cuando éstas provoquen una obstinación o encarnizamiento terapéutico. La consejera de Salud, María Jesús Montero, aseguró que será «una referencia legislativa» para España.
Multas para los que se nieguen
El Título V de la ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona tipifica las infracciones y sanciones en las que incurrirían los profesionales sanitarios si no acataran la norma.
- En el caso de infracciones muy graves se podrá acordar «la revocación de la autorización concedida para la actividad».
- La ley garantiza la atención médica paliativa al enfermo y a sus familiares e incluso la asistencia a domicilio para los enfermos terminales que así lo soliciten.
- La composición de los Comités de Ética se determinará en un reglamento posterior, lo que genera dudas en algunos sectores sobre la vinculación política de sus posibles miembros.
- El Foro de la Familia mostró su rechazo al texto aprobado por la limitación del «esfuerzo terapéutico que abre la puerta a la eutanasia».